En nuestra plataforma Justicia vs Cáncer los usuarios tendrán acceso a realizar en menos de 15 minutos, desde una computadora o dispositivo móvil, su propia demanda de amparo, mediante ocho sencillos pasos en los que tendrán que depositar sus datos de identificación como lo es el nombre, apellido, el tipo de cáncer que padecen, tratamiento o medicamento que requieren, estado y ciudad en donde viven, si pertenecen o no a una institución de seguridad social, y seguir los pasos del portal judicial federal para presentar demandas en casos urgentes.
¿Qué resultados se buscan?
En primer lugar, que el Juez otorgue una medida cautelar para efecto de que las autoridades del Estado, suministren inmediatamente los medicamentos, o realicen los tratamientos, intervenciones y demás servicios médicos requeridos por los pacientes para tratar su enfermedad, deteniendo con esta medida, la interrupción de su tratamiento y, por ende, una violación a sus derechos fundamentales. Estos resultados se deben tener en un periodo menor a las 24 horas posteriores de haber presentado la demanda y la autoridad debe estar cumpliendo en menos de 48 horas.
En segundo lugar, se busca que, al finalizar el juicio, se conceda el Amparo y Protección de la Justicia Federal para que, de manera permanente, el Estado suministre los medicamentos y servicios médicos requeridos para tratar dicha enfermedad, garantizando los derechos de la salud, seguridad social y a la postre el derecho a la vida de las personas que padezcan esta enfermedad.
Para utilizar nuestra red, no es necesario que el paciente cuente con una derechohabiencia a alguna Institución de Salud Pública específica, pues es obligación del Estado Mexicano, garantizar la prestación de un servicio de salud integral y completo de conformidad con el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tener previamente un NO, una espera, o una atención incompleta de la autoridad de otorgarte el servicio médico o medicamento.
Para utilizar nuestra red, no es necesario que el paciente cuente con una derechohabiencia a alguna Institución de Salud Pública específica, pues es obligación del Estado Mexicano, garantizar la prestación de un servicio de salud integral y completo de conformidad con el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del PJF de acuerdo con el artículo 17 de la CPEUM otorgar acceso a la justicia a cualquier persona.
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